De todos es sabido que en nuestro a día a día, los profesionales que nos dedicamos al sector inmobiliario, hemos de jugar con diferentes tipos de valores de los inmuebles.

Una cosa es el valor de mercado de un inmueble, que puede ser más o menos alto, dependiendo de la oferta y la demanda. Hoy en día, por ejemplo, los valores de mercado en las Islas Baleares son bastante elevados, como podemos ver en los anuncios de venta de inmuebles.

Otra cosa (muy) distinta es el valor catastral que se asigna a cada inmueble, que nada tiene que ver con el valor de mercado. Es más bien un valor de carácter administrativo que sirve como base para el cálculo de diferentes impuestos, como por ejemplo el Impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI), impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía), Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR), etc.

Además, con el valor catastral (y otros datos) también se puede calcular el valor que le daría la Agencia Tributaria a un determinado inmueble a efectos de calcular impuestos como por ejemplo el Impuesto de Transferencias Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y IAJD), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Cuando pagamos estos impuestos por un valor por debajo del que le daría la Agencia Tributaria, nos arriesgamos a que durante los próximos años nos llegue una notificación de la misma solicitándonos el pago del impuesto por la parte no declarada, así como intereses y sanciones.

Pues bien, recientemente hemos visto en diferentes medios de comunicación que en el proyecto de Presupuestos se pretende adecuar el valor catastral al valor de mercado, lo cual en la práctica supondría una subida importantísima del IBI o de las plusvalías. No obstante, el Ministerio de Hacienda y Función Pública acaba de emitir un comunicado negando estas afirmaciones.

Afirma este Ministerio en su comunicado que lo que se pretende es el establecimiento de «un nuevo valor de referencia del mercado inmobiliario, distinto al valor catastral, que no se altera y es el único que sirve de base para calcular el IBI, por lo que en ningún caso supondrá una subida de ningún impuesto, del que tienen única potestad los Ayuntamientos. El nuevo valor de referencia de mercado nace para fortalecer la seguridad jurídica y la transparencia. Será una herramienta útil para controlar el fraude. El nuevo valor de referencia se ofrecerá como índice, garantía y transparencia en el mercado inmobiliario. Será calculado por el Catastro a partir de los precios de transacción inmobiliaria comunicados por los fedatarios públicos y que serán contrastados con otras fuentes de información. Estará disponible para las Administraciones Públicas y los ciudadanos».

De todos modos, se trata todavía de un proyecto. Cuando finalmente se aprueben los nuevos presupuestos y entre en vigor este nuevo valor, os mantendremos al tanto para informaros y estudiar qué implicaciones tendrá en nuestro día a día.

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