NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE VIVIENDA

INCREMENTOS SOBRE LA RENTA

En este artículo trataremos las grandes novedades que puede acarrear la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, también llamada, “Ley de Vivienda”.

La Ley de Vivienda, cuyo dictamen sobre el Proyecto de Ley paralizado desde mayo de 2022, se aprobó por la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el pasado 20 de abril de 2023.

Así las cosas, se pretende que la modificación sea definitiva tras la aprobación por el Congreso y el Senado durante el mes de mayo, de manera que podría incorporarse en nuestro Ordenamiento Jurídico desde el 28 de mayo de 2023.

Ahora bien, ¿cuál va a ser la afectación de esta Ley? En el presente artículo tratamos las modificaciones en cuanto a los incrementos del precio:

novedades de la ley de vivienda 1

LIMITACIÓN EN EL INCREMENTO DE UN ARRENDAMIENTO ACTIVO

Si bien es cierto que la Ley de Arrendamientos Urbanos indica que el incremento de la renta puede ser atendiendo al incremento del IPC, desde el mes de marzo de 2022, a fin de frenar la inflación, se usó como índice el Índice de Garantía y Competitividad, que no supera el 2%. Dicha medida está prevista hasta el término del año 2023.

La nueva Ley de Vivienda habilita al Instituto Nacional de Estadística para que de un nuevo índice de referencia para que así, de manera definitiva, ya no se emplee más el IPC.

Es más, la nueva Ley determina que los arrendamientos no podrán aumentar más de un 3% de su valor cuando el arrendador sea un gran tenedor (de no serlo, se pactará i en defecto de pacto no podrá ser superior al 3%).

LIMITACIÓN AL PRECIO DE LOS NUEVOS CONTRATOS

Si se firman nuevos contratos las consecuencias serán distintas en función de si el arrendador es un gran tenedor o no es un gran tenedor.

      • Si el arrendador no es un gran tenedor, la renta no podrá exceder la del contrato anterior, una vez aplicada la cláusula de actualización anual, salvo determinados supuestos en los que podrá incrementarse en un máximo del 10%.

Casos en que se puede aumentar un 10%:

      • o Si en los 2 años anteriores se hubieren realizado actuaciones de rehabilitación o mejora que supongan un ahorro de energía primaria no renovable;
      • o Cuando en los 2 años anteriores se hubieren realizado actuaciones de mejora de accesibilidad o
      • o Cuando el plazo de duración pactado sea 10 años o más.

Asimismo, no se podrá repercutir al arrendatario cuotas o gastos que no estuvieren previstos en el contrato anterior.

      • Sin perjuicio de lo anterior, si el arrendador es un gran tenedor la renta del nuevo contrato no podrá exceder del límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de índices de precios de referencia que se publique en un futuro.

Esta regulación se aplicará a los contratos que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Proyecto de Ley, una vez esté aprobado el sistema de índices.

novedades de la ley de vivienda

Téngase presente que a pesar de que el Proyecto de Ley define a los grandes tenedores como las personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 inmuebles de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros, permite expresamente que, en las zonas de mercado residencial tensionado, las comunidades autónomas puedan disminuir el umbral a 5 o más inmuebles.

En conclusión, Bufete Frau está preparado para brindar asesoramiento legal integral y actualizado en relación a las importantes modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos, también conocida como «Ley de Vivienda». Nuestro equipo de expertos está al tanto de los cambios propuestos y puede proporcionar asistencia especializada en la materia. Ya sea que necesite comprender las limitaciones en el incremento de los arrendamientos activos o las restricciones en los precios de los nuevos contratos, nuestro bufete tiene el conocimiento y la experiencia necesarios para guiarlo a través de las implicaciones de esta legislación. Además, estamos preparados para abordar las particularidades regionales en las zonas de mercado residencial tensionado, donde las comunidades autónomas pueden establecer requisitos adicionales. En Bufete Frau, nos enorgullece ofrecer un servicio legal sólido y adaptado a las necesidades de nuestros clientes, brindando soluciones efectivas y protegiendo sus intereses en el cambiante panorama de la ley de arrendamientos urbanos.

Noticias relacionadas
abogados inmobiliarios una guia basica sobre el derecho inmobiliario
Abogados inmobiliarios: Una guía básica sobre el derecho inmobiliario

El proceso de compraventa de un inmueble es la operación por excelencia del derecho inmobiliario, y, para asegurarte que todo Leer más

portada resolucion vencimiento anticipado alegar y ganar bufete frau
Resolución y vencimiento anticipado: sí, ya se puede alegar y ganar

Desde que en 2019 se hicieron eco varias resoluciones del Tribunal Supremo en el que se declaró nula la cláusula Leer más

defendemos lo que es justo desde 1994 bufete frau 1
Moratoria Baleares: Que no cunda el pánico

En fecha de 11 de febrero de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de Islas Baleares (“BOIP”) el Decreto Leer más

impuesto de grandes fortunas
IMPUESTO DE GRANDES FORTUNAS

IMPUESTO DE GRANDES FORTUNAS EL GRAVAMEN TEMPORAL Y SOLIDARIO PARA AQUELLOS QUE TENGAN MÁS DE 3.000.000 € ¿Qué es? Constituye Leer más

aspectos que quizas no sepas en la compra de una propiedad 4
Aspectos que quizás no sepas en la compra de una propiedad

Muchas compraventas en las islas se han convertido, a lo largo de los años, en un privilegio para muchos, y es que, Leer más