Desde que el Reino Unido votó a favor del Brexit en 23 de junio de 2016 y éste obtuvo sus plenos efectos jurídicos en 1 de enero de 2021, los ciudadanos británicos ya no son considerados europeos.
Ello implica que, a los efectos de los Tratados de libre circulación, residencia y comercio, ya no son sujetos pasivos, y, por lo tanto, quedan considerados como sujetos de un tercer país.
No obstante, por lo que se refiere a la residencia en España, tampoco se denota gran cambio.
España, como Península rodeada de agua que ha sido favorecida, por muchos siglos, el comercio y el intercambio, tiene mucha regulación respecto a los procedimientos de residencia.
Así las cosas, el Brexit supone para la residencia en España simplemente un cambio de normas, para conseguir el mismo objetivo: obtener una gran calidad de vida sin un gran coste.
No obstante, hay un tipo de regulación, denominada comúnmente como “Golden Visa”, que no afecta en absoluto si los británicos son considerados europeos o no.
Ello es porque esta regulación se aplica con independencia del Estado del sujeto que desee acogerse al procedimiento, y ello es porque España prioriza tres actividades: la compraventa de inmuebles, la compra de deuda pública, la inversión a empresas nacionales o bien la existencia de un proyecto profesional que aporte al Estado receptor un valor de avance.
Este procedimiento es la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, abrió la puerta a que todos los ciudadanos de países extracomunitarios puedan obtener la autorización para residir y trabajar en nuestro país.
En concreto, la Ley prevé tres formas distintas:
- Permiso de residencia a través de adquisición de 2 millones de euros de deuda pública.
- Permiso de residencia a través de adquisición de un millón de euros en acciones o participaciones sociales, o depósitos bancarios en entidades financieras.
- Permiso de residencia a través de la compra de inmueble por valor de 500.000 € libre de toda carga.
- Permiso de residencia través de un proyecto empresarial.
En el presente post hablaremos del permiso de residencia a través de la compra de inmueble.
GOLDEN VISA POR ADQUISICIÓN DE INMUEBLE
El artículo 63 de esta ley regula qué casos se consideran inversiones significativas, siendo uno de los casos más conocidos la adquisición de inmuebles con un valor igual o superior a 500.000 euros libres de cargas, siempre que la compra se haya realizado después de la entrada en vigor de la Ley 14/2013, es decir, el 29 de septiembre de 2013. Por tanto, los inmuebles adquiridos con anterioridad a esa fecha no tienen la consideración de inversión significativa.
Aunque esta ley lleva más de siete años en vigor, lo cierto es que ha empezado a cobrar relevancia tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea y el cambio de estatus de los británicos que ello conlleva, ya que a partir del 1 de enero de 2021, los británicos que quieran permanecer más de tres meses en España deberán solicitar la residencia en régimen extracomunitario, siendo una de las vías la conocida como «Golden Visa«.
REQUISITOS PARA OBTENER LA GOLDEN VISA
Los artículos 62, 63 y 64 de la Ley determinan cuáles son los requisitos para poder obtener la Golden Visa por adquisición de un bien inmueble, resumidos en los siguientes puntos:
- La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
- Acreditar haber adquirido la propiedad de los bienes inmuebles mediante certificación con información continuada de dominio y cargas del Registro de la Propiedad.
- Acreditar disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000 euros libre de toda carga o gravamen.
LOS REQUISITOS SEGÚN LOS TRIBUNALES ESPAÑOLES
Es más, en atención a su éxito, hay determinados casos que han llegado al Tribunal Supremo, debiendo el Alto Tribunal poner luz y claridad en determinados puntos no contemplados en la Ley.
Así, la Sentencia nº 1134/2020, de 30 de julio de 2020, nº de recurso 5613/2019 (ECLI: ES:TS:2020:2658) aclaró los siguientes puntos:
a) ¿Qué debe ser superior a 500.000€? ¿El precio de la compraventa o la inversión total al inmueble?
El Tribunal Supremo declaró que el umbral de 500.000.-€, a efectos de obtener la residencia por Golden Visa, el Alto Tribunal entiende que cuando la inversión declarada consista en una construcción o promoción de una nueva construcción o vivienda en un terreno previamente adquirido en virtud de contrato de compraventa, en ese caso, el importe total de ambos conceptos, adquisición y construcción deberá tenerse en cuenta a la hora de valorar si supera o no el umbral de los 500.000 euros, sin incluir impuestos.
b) ¿Sirve como inversión para la Golden Visa la reconstrucción de un edificio histórico?
No, aún no. no ve como “inversión significativa” la rehabilitación de construcciones históricas o la ampliación en más de un 100% de una propiedad ya construida respecto del espacio inicialmente existente.
c) ¿Qué significa libre de cargas?
El solicitante no puede haber utilizado un préstamo de ningún tipo ni tampoco una hipoteca.
d) ¿Cómo se acredita la adquisición?
Mediante la escritura de compraventa y el certificado de registro de propiedad, no superior a 90 días.
PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA GOLDEN VISA
La solicitud se presenta de forma telemática y puede realizarse sin haber obtenido previamente un visado de residencia como inversor, siempre que el inversor y sus familiares se encuentren en España en el momento de solicitar la autorización de forma regular, por ejemplo, en una estancia de corta duración.
A la solicitud deberán adjuntarse, entre otros, los siguientes documentos
1) Acreditación de la inversión realizada, mediante el correspondiente certificado del Registro de la Propiedad.
Como hemos comentado, este certificado debe haber sido emitido en los 90 días anteriores a la presentación de la solicitud del visado de residencia.
Si en el momento de la solicitud del visado la vivienda se encuentra en proceso de inscripción en el Registro de la Propiedad, bastará con presentar el citado certificado en el que se haga constar la validez de la presentación del documento de adquisición junto con los documentos que acrediten el pago de los impuestos correspondientes.
2) Seguro médico público o privado concertado con una compañía de seguros autorizada para operar en España.
El seguro médico deberá permanecer activo durante toda la autorización y su mantenimiento será requisito exigido para la renovación de la autorización.
El seguro deberá proporcionar coberturas equiparables a las provistas por el sistema Nacional de Salud.
No serán válidos los seguros de viaje.
3) Acreditación de recursos económicos suficientes para el solicitante y su familia durante su estancia en España.
Es decir, no menos de 27.115,20 euros anuales para el solicitante y 6.778,80 euros anuales para el cónyuge y cada hijo. Esto se puede acreditar, por ejemplo, mediante certificados o extractos bancarios, aunque hay que tener en cuenta que deben estar traducidos al español y, si están en moneda extranjera, indicar su equivalencia en euros.
4) Certificado de antecedentes penales expedido por el país de origen o los países en los que haya residido durante los últimos cinco años (debidamente apostillado y con traducción jurada).
El plazo máximo para resolver es de veinte días hábiles desde la presentación de la solicitud y una vez notificada la autorización, el solicitante y su familia deberán solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la oficina correspondiente.
Este trámite debe realizarse de forma presencial, ya que hay que tomar las huellas dactilares. Al cabo de 40-60 días, el solicitante debe volver a la oficina para recoger la tarjeta.
VALIDEZ DEL PERMISO DE RESIDENCIA POR GOLDEN VISA
El permiso de residencia tiene una validez de dos años y puede renovarse siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar al permiso. Además, la renovación no requiere la residencia efectiva en España, sino sólo una visita a España durante el periodo de residencia.
OTRAS PREGUNTAS
¿Sirve comprar dos o más inmuebles para alcanzar la cifra de 500.000€?
Si, se puede adquirir múltiples propiedades que juntas sumen el monto estipulado en la Ley 14/2013 para obtener la residencia por inversión en España.
¿Se puede adquirir entre dos o más personas un inmueble para obtener la Golden Visa?
Si, siempre que la parte de cada uno de los propietarios ascienda a más de 500.000 €.
¿Seré residente fiscal en España?
Por último, cabe señalar que el mero hecho de ser titular de un permiso de residencia no implica ser considerado residente fiscal en España. Para ello, es necesario haber permanecido en España al menos 183 días en un año natural.
En conclusión, aunque el Reino Unido votara a favor del Brexit, puedes tener en España, gracias al procedimiento de Golden Visa, residencia en España, y, por ende, seguir disfrutando de las ventajas de ser europeo.
En Bufete Frau tenemos una gran y dilata experiencia en procedimientos dirigidos en la obtención de residencia por Golden Visa. Hacemos que lo aparentemente complicado devenga en una experiencia para el cliente, pues le ayudamos a construir sus ilusiones en España.
No pierdas esta oportunidad y vive la vida que mereces, Bufete Frau hará el resto.