Derecho Inmobiliario y cuestiones Fiscales
Es verano, y toca disfrutar las vacaciones, la playa y el buen tiempo. Las Baleares nos ofrecen mil y una aventuras en esta época del año, y para vivirlas al máximo, ¿que hay mejor que una moto? Imaginaos: una bonita Vespa blanca, el mar a un lado, al otro lado la montaña con pinos y palmeras… Un viajecito a San Antonio a ver la puesta de Sol, descubrir Cala S’Almunia y darse un baño en una cala paradisiaca, recorrer Formentera sintiendo el aire en el rostro… Tenéis ganas, ¿a qué sí? Pues bien, una pregunta que nos hacen con frecuencia nuestros clientes, es si con un permiso de conducir comunitario de clase B, se puede conducir también una motocicleta. El Reglamento General de Conductores permite a aquellos que estén en posesión de un permiso comunitario de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1. Es decir, que podéis conducir motocicletas de hasta 125 CC. El equipo de Bufete Frau os desea un feliz verano. Disfrutad las playas, cuidad nuestras islas y, sobre todo, precaución al conducir.